AFIP anunció la liberación del cupo del actual plan permanente de pago a partir del 1° de noviembre y un plan denominado “puente fiscal” que tendrá vigencia desde el 1° de agosto al 31 de octubre.
Plan puente fiscal: para las deudas vencidas entre el 01/06/2016 y 31/05/2017, de 12 a 24 cuotas y una tasa de financiación en torno al 21% anual. Podrían también refinanciarse los planes permanente vigentes actualmente a efectos de liberar cupos en el régimen permanente que regirá hasta el 31/10/2017.
Según Alberto Abad “habrá un análisis de la solvencia de quien pida este programa, también habrá un resguardo de deudas relevantes, para no financiar a quienes con su accionar afectan las cuentas del Estado” y “se observará el Perfil de Riesgo del Contribuyente –SIPER- para premiar a quienes son regulares cumplidores, y sólo incurren en atrasos por causas claramente justificables por su rama de actividad”
Nuevo plan permanente: se liberarán los cupos, que actualmente son 2 o 4, dependiendo del tipo de deuda y/o contribuyente.
Cabe aclarar que no podrán incluir deuda por IVA aquellos contribuyentes que posean el beneficio de la Ley Pyme “IVA diferido”.
Asimismo, Alberto Abad, fundamentó la medida en la que “percibimos una morosidad de entre $25.000 y $30.000 millones de deuda, que se originó luego de la moratoria” cerrada el 31 de mayo del año pasado”, como consecuencia del retraso de la reactivación de la economía, respecto de lo que esperaba el Gobierno.