Estudio Contable Tesa

Una deducción en Ganancias poco conocida: aportes a las Sociedades de Garantía Recíproca

Una deducción en Ganancias poco conocida: aportes a las Sociedades de Garantía Recíproca
agosto 7, 2018 Estudio Tesa

Tanto personas humanas como sociedades pueden beneficiarse, pagando un menor impuesto a las ganancias o con una retención menor por parte su empleador, realizando aportes a las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).

¿Qué son las SGR?

Son entes cuyo objetivo es otorgar garantías a las Pymes a efectos de reducirles las tasas de financiación (por ejemplo ante entidades bancarias).

Está formada por los socios partícipes (Pymes) y los socios protectores, éstos últimos son quienes realizan los aportes al fondo de riesgo que sirve de garantía.

¿Cuáles son los beneficios de ser un socio protector de una SGR?

  1. Deducción del 100% del aporte en el impuesto a las ganancias.
  2. Rentabilidad sobre el aporte, que en los últimos años fue similar a la de un plazo fijo en pesos.

¿Cuáles son los requisitos para que proceda la deducción?

  1. Mantener el aporte por al menos dos años. Luego puede retirarse y volver a aportarse obteniendo así una nueva deducción en el impuesto a las ganancias.
  2. La SGR debe mantener garantías por el 80% del fondo de riesgo.

En el siguiente link está el listado de SGR habilitadas y tabla de rentabilidad:

https://www.argentina.gob.ar/obtener-garantias-para-el-acceso-creditos