ARCA, actualizó los valores a partir de los cuales es obligatorio identificar a los compradores en el comprobante fiscal, con nombre y apellido, domicilio y documento.
De tal forma, a partir de enero de 2025, no será obligatorio identificar a los mismos cuando los importes totales del comprobante:
Sean inferiores a $ 417.288 (antes $ 344.488), en los casos de pagos por medios electrónicos, como tarjetas, transferencias, etc.
Sean inferiores a $ 208.644 (antes $ 191.624) para operaciones realizadas en efectivo.